Y si es preciso, los jueces
Da
lo mismo que los afectados sean cien mil o quinientos mil. Es igual que
representen el 2 o el 3 por ciento del total de jóvenes entre 15 y 24 años. La
anorexia es una enfermedad que provoca la alarma social y que amenaza con ser
la más estúpida de las epidemias del siglo XXI.
Aunque
los últimos datos de la Consejería de Sanidad de Madrid y del Insalud señalan
que en los últimos años se han estabilizado los ingresos por anorexia, la delgada
línea roja que separa la búsqueda del ideal de belleza de la tragedia
devastadora obliga a intensificar las líneas de alarma y a actuar en diversos
frentes.
El
primero es la educación. Familias y colegios tienen que actuar unidos ante un
problema que sólo puede solucionarse si se ataca precozmente. Especialmente
cuando, por falta de información, no se reconocen comportamientos y actitudes
que acabarán en un problema de enorme gravedad. La salud es una disciplina que
debe potenciarse en los centros educativos.
El
segundo es la acción social. Desde el Ministerio de Sanidad y las instancias
interesadas hay que investigar las causas y las consecuencias del problema para
reducirlo al mínimo. Es necesaria una presión social sobre las televisiones,
públicas y privadas, para que no den cabida en sus programas a quienes
defienden, promueven o imponen modelos de belleza que incitan a la anorexia. Lo
mismo cabe decir de diseñadores, publicistas y anunciantes. Por último, la
formación de profesionales sanitarios y sociosanitarios y la dotación de
servicios médicos especializados parece imprescindible.
Y,
finalmente, queda el recurso a la acción judicial. Desde hace algún tiempo, un
juez de Barcelona, a petición de las familias, ordena el internamiento de
muchachas cuya vida se encuentra en peligro. Simultáneamente se ha denunciado
en Madrid el crecimiento de las familias que eluden cuidar a
personas incapaces y cuyo patrimonio administra la Agencia para la Tutela de
Adultos, dependiente de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. Estamos
ante problemas sociales que reclaman, cuando es imprescindible, la actuación de
la Administración de Justicia. No hablamos de problemas alimentarios, sino de
una autodestrucción inconsciente.
Enrique López Francos, La Razón, 28 de marzo de 1999
COHERENCIA (encontrada en Internet)
El texto que a continuación vamos
a comentar pertenece a Enrique López Francos y fue publicado en el diario La Razón el 28 de marzo de 1999.
El tema que trata es la
exposición de medidas para combatir la anorexia y la defensa del recurso a la
acción judicial cuando sea imprescindible.
En segundo lugar, resumiremos el
contenido del texto:
La anorexia es un grave problema
social que requiere el uso de una serie de medidas para combatirla. Existen
tres tipos de medidas: educativas (desde la familia y la escuela), sociales
(ejerciendo presión sobre las televisiones, publicistas y diseñadores) y
judiciales: cuando todo lo demás falla, la acción judicial está justificada
para evitar la autodestrucción del individuo.
En relación con el contenido del
texto y, sobre todo, con la disposición estructural del mismo, podemos
diferenciar tres partes. La introducción ocupa los dos primeros párrafos y en
ella se explica que lo importante no es el número de afectados sino la gravedad
de la anorexia, considerada como enfermedad. Además, en el segundo párrafo, se
incide en que, a pesar de que ha descendido el número de ingresos por anorexia,
hay que enfrentarse a ella para erradicarla. En esta primera parte, como ideas
secundarias, encontramos los datos numéricos
concretos y la metáfora la delgada línea roja (línea 7), que se utiliza
para intensificar el extremismo de esta enfermedad.
En el desarrollo (líneas 9-26) se
exponen tres de las medidas con las que se puede hacer frente a la anorexia. En
el tercer párrafo se hace referencia a la necesidad de una actuación conjunta
entre las familias y los colegios para informar a los jóvenes de este problema.
Seguidamente, en el cuarto párrafo, se incide en que otro de los frentes sería
la acción y presión social sobre las televisiones públicas y privadas para que
no fomentaran modelos de belleza que inciten a la anorexia. En el quinto
párrafo se señala que, como último recurso, habría que acudir a la acción
judicial. Esta última medida se ilustra con varios ejemplos: el caso del juez
de Barcelona y el de la Agencia para la Tutela de Adultos.
La conclusión, que compone la
tercera parte del texto, aparece en las últimas líneas (26-28): la anorexia no
se trata de un problema alimentario sino de una autodestrucción inconsciente
del ser humano y este hecho justifica que la Justicia pueda actuar. Esta es la
tesis del texto, puesto que las dos medidas anteriores ya son conocidas y algunas
ya se han aplicado desde hace tiempo.
Esta estructuración del texto en
partes refleja un esquema sintetizante o inductiva, ya que se parte de aspectos
particulares para llegar a la tesis, que cierra el texto, y es claramente
explícita: nos encontramos ante problemas sociales que reclaman, cuando es
imprescindible, la actuación de la Administración de justicia. No hablamos de
problemas alimentarios, sino de una autodestrucción inconsciente.
Para defender y reforzar la tesis
defendida, se proponen una serie de argumentos basados en datos (especialmente
en los dos primeros párrafos), generalizaciones indiscutibles (tercer y cuarto
párrafos) y ejemplificaciones (último párrafo).
El primer tipo de argumento se
concreta en los datos numéricos que aporta sobre el número de afectados: cien
mil o quinientos mil, 2 o 3% del total de jóvenes entre 15 y 24 años (líneas 1
y 2); los datos de la Consejería de Sanidad y del Insalud sobre la
estabilización de los ingresos (líneas 5 y 6); el caso del juez de Barcelona (21-23),
que autoriza el ingreso de las personas que padecen anorexia y el aumento de
las familias que no cuidad a los discapacitados, tal como muestra una denuncia.
El argumento de analogía asimila la actuación de la Agencia para la Tutela de
Adultos con la actuación judicial en el caso de la anorexia (l. 23-26). Por
último, se recurre a una serie de generalizaciones indiscutibles aceptadas por
la mayoría: la anorexia provoca alarma social (primer párrafo), la salud debe
potenciarse en la escuela (tercer párrafo), la televisión y la publicidad
colaborar a fomentar la anorexia (cuarto párrafo).
OTRO ANÁLISIS DE COHERENCIA
Vamos a analizar los aspectos que
dan coherencia al artículo titulado “Y, si es preciso, los jueces”, de Enrique
López Francos, publicado en el periódico diario La Razón el 28 de marzo de 1999.
Este artículo trata el tema de la
anorexia, concretamente los datos y las formas de solucionarla. Podríamos
enunciarlo así: “La anorexia: datos y formas de solucionarla”.
Resumiendo el texto, diremos que,
ante el aumento de casos de anorexia y la alarma social que ello provoca, el
autor propone tres frentes para luchar en contra de ella. El primero es la
educación, unión de familia y colegio, para fomentar la salud. El segundo es la
acción social (Ministerio de Sanidad, televisión, publicistas, enunciantes y
diseñadores; formación de profesionales sanitarios y sociosanitarios; y
dotación de servicios médicos especializados, concretamente). Y, por último, la
acción judicial.
Externamente, el texto se compone
de un titular (“Y, si es preciso, los jueces”) y un cuerpo, el cual consta de
veinticuatro líneas divididas en cinco párrafos de desigual extensión.
A nivel interno, podemos dividir
el texto en dos partes. La primera abarcaría los dos primeros párrafos, donde
encontramos la tesis del texto (la necesidad de entender la anorexia como un
problema social para poder darle una correcta solución desde la implicación de
distintos frentes). La segunda parte estaría formada por los tres párrafos
restantes, ya que en cada uno de ellos se nos explica cada uno de los tres
frentes que se nos enuncian en la primera parte (la educación, la acción social
y la acción judicial).
Puesto que hemos localizado la
tesis en el primer párrafo, aunque de manera implícita, y hemos visto su
desarrollo a lo largo de los tres párrafos siguientes, podemos decir que la
estructura del texto es analizante o deductiva.
En relación a la estructura
interna, podemos hablar de la progresión temática del texto. Esta es de temas
derivados, ya que la información nueva que se da sobre el tema inicial (el
aumento de casos de anorexia) contiene, en este caso, tres subtemas, que se
corresponden con los tres frentes de actuación contra la anorexia (educación,
acción social y acción judicial), los cuales aparecen desarrollados.
Dicho de otra manera, presentamos
el siguiente esquema explicativo:
1.
Datos sobre la anorexia
1.1.
Epidemia del siglo XXI
1.2.
Hay que actuar para combatirla
2.
Frentes en los que actuar
2.1.
Educación
2.1.1. Familias
2.1.2. Colegio
2.2.
Acción social
2.2.1. Ministerio
de Sanidad
2.2.2. Televisiones
2.2.3. Diseñadores,
publicistas y anunciantes
2.2.4. Formación
de profesionales sanitarios y sociosanitarios
2.2.5. Dotación
de servicios médicos especializados
2.3.
Acción judicial
2.3.1. Administración
de Justicia
Para terminar con el análisis de
la coherencia, hablaremos de los argumentos en los que el autor apoya su tesis.
Dichos argumentos podemos agruparlos en datos y cifras por una parte y, por
otra, de ejemplificación. En el primer grupo encontramos: “represente el 2 o el
3 por ciento del total de jóvenes entre 15 y 24 años”, líneas 1-2; “en los
últimos años se han estabilizado los ingresos por anorexia”, línea 5) y en el segundo
grupo, “un juez de Barcelona” (línea 18), “en Madrid” (línea 20), “la Agencia
para la Tutela de Adultos” (línea 21), “la Consejería de Sanidad y Asuntos
Sociales” (línea 22).
El texto de Enrique López
Francos, “Y si es preciso, los jueces”, trata el tema de las medidas para
combatir la anorexia (defendiendo el recurso a la acción judicial cuando sea
imprescindible).
En resumen, la anorexia es un
grave problema social que requiere el uso de una serie de medidas para. Hay
tres tipos de medidas: educativas (desde la familia y la escuela), sociales
(ejerciendo presión sobre las televisiones, publicistas y diseñadores) y
judiciales: cuando todo lo demás falla, la acción judicial está justificada
para evitar la autodestrucción del individuo. El título del texto, remático, ya
apunta a esta tercera medida y a la tesis defendida por el autor.
En cuanto a la estructura
interna, el texto se divide en tres partes. La introducción ocupa los dos
primeros párrafos: en el primero el autor explica que no importa el número de
afectados sino que la anorexia es una grave enfermedad de nuestro tiempo; en el
segundo párrafo indica que, a pesar de que ha descendido el número de ingresos
por anorexia, hay que enfrentarse a ella para erradicarla. Como ideas
secundarias de esta parte tenemos los datos numéricos concretos y las metáforas
empleadas (delgada línea roja...). En el desarrollo (líneas 9-26) el autor
expone tres de las medidas con las que se puede hacer frente a la anorexia. En
el tercer párrafo del texto nos habla de que habría que actuar, en primer
lugar, desde la educación, de tal forma que familias y colegios actúen
conjuntamente para informar a los jóvenes de esta enfermedad. El cuarto párrafo
incide en que otro de los frentes sería la acción y presión social sobre las
televisiones públicas y privadas para que no fomentaran modelos de belleza que
inciten a la anorexia. En el quinto párrafo se expone que, como último recurso,
se accedería a la acción judicial. Como ideas secundarias destacan el ejemplo
del juez de Barcelona y de la Agencia para la Tutela de Adultos. La conclusión
está en las últimas líneas (26-28): no se trata de un problema alimentario sino
que el ser humano se autodestruye inconscientemente, lo que justifica que la
Justicia pueda actuar. En realidad, ésta es la tesis del texto, puesto que las
dos medias anteriores ya son conocidas y algunas ya se vienen aplicando desde
hace tiempo.
Nos encontramos, por tanto, ante
una estructura sintetizante o inductiva, en la que la tesis, explícita, cierra
el escrito (Estamos ante problemas sociales que reclaman, cuando es
imprescindible, la actuación de la Administración de Justicia. No hablamos de
problemas alimentarios, sino de una autodestrucción inconsciente).
Para defender su tesis, el autor
expone a lo largo del texto una serie de argumentos basados en datos
(especialmente en los dos primeros párrafos), generalizaciones indiscutibles
(párrafos 3º y 4º) y ejemplificaciones (último párrafo). El primer tipo de
argumento se concreta en los datos numéricos que aporta sobre el número de
afectados: cien mil o quinientos mil, 2 ó 3% del total de jóvenes entre 15 y 24
años (lín. 1-2); los datos de la Consejería de Sanidad y del Insalud sobre la
estabilización de los ingresos (5-6); el caso del juez de Barcelona (21-23) que
ingresa a los anoréxicas y el aumento de familias que no cuidan a los incapaces
según una denuncia (23-26). El argumento de analogía asimila la actuación de la
Agencia para la Tutela de Adultos con a la actuación judicial en el caso de la
anorexia (lín. 23-26). Por último, se recurre a una serie de generalizaciones
indiscutibles aceptadas por la mayoría: la anorexia provoca alarma social
(párrafo 1), la salud debe potenciarse en la escuela (párrafo 3), la televisión
y la publicidad colaboran a fomentar la anorexia (párrafo 4).
Nos encontramos ante un texto
coherente en su presentación y estructura fundamentalmente por el mantenimiento
de un tema constante (la anorexia y sus soluciones), que es único a lo largo
del texto y que va progresando a través de su ordenación lógica, como hemos
visto al analizar la macroestructura del texto: planteamiento del problema,
posibles soluciones, refuerzo de la solución general...
COHESIÓN LÉXICA
La cohesión puede definirse como
la serie de mecanismos que unen los elementos lingüísticos del texto. En este
caso nos centraremos en la cohesión léxico-semántica, la cual podemos ver
reflejada en el texto mediante los siguientes recursos.
Encontramos abundantes
repeticiones, por ejemplo: “problema” (8, 10, 23, 24), “social” (3, 12, 23 y
23), “sanidad” (4, 12, 23), “anorexia” (2, 5, 15), “familia” (8, 21), “acción”
(12, 19), “alarma” (3, 6), “belleza” (6, 15), “Consejería” (4, 23), “imprescindible”
(18, 24), “Madrid” (4, 21), “mil” (en la línea 1 dos veces), “actuar” (7 y 8) y
“años” (2, 5).
También podemos observar algunas
repeticiones mediante derivación: “acción”, “actuación”, “actuar” (12, 24 y 7);
“educación” y “educativos” (8 y 11); “judicial”, “juez”, “justicia” (19, 19 y
24); “sanidad”, “sanitarios” y “sociosanitarios” (4, 17 y 17).
De entre todas estas recurrencias
y familias léxicas, podemos señalar como palabra clave del texto la palabra “problema”.
Otro mecanismo es la sustitución
por sinónimos referenciales: “los afectados” (1), “jóvenes” (2) y “muchachas”
(20); “anorexia” (2), “la más estúpida de las epidemias” (3) y “problema” (8) y
“autodestrucción inconsciente” (25). En la misma línea actúa el refuerzo
mediante hipónimos (“anorexia”, 2) e hiperónimos (“enfermedad”, 2).
Asimismo, podemos señalar las
siguientes parejas de sinónimos: “da lo mismo” y “es igual” (ambos en la línea
1), “enfermedad” y “problema” (2 y 8), “colegios” y “centros educativos” (8 y
11), “comportamientos” y “actitudes” (ambos en la 10), etc.
De igual manera, es posible
indicar varias parejas de antónimos: “búsqueda del ideal de belleza” y “tragedia
devastadora” (ambos en la 6), “intensificar” y “reducirlo” (6 y 13), “causas” y
“consecuencias” (ambos en la 13), “públicas” y “privadas” (14) y el trío “defienden”,
“promueven” e “imponen” (15).
Antes hemos mencionado un hiperónimo,
pero encontramos más, como la palabra “frentes” en la línea 7, que es
hiperónimo de estos hipónimos: “educación” (8), “acción social” (12) y “acción
judicial” (19).
De la misma forma, destacan
varios campos semánticos, unos más relevantes que otros. Entre los pocos
relevantes, está el de las cifras: “cien mil” (1), “quinientos mil” (1), “2”
(1), “3” (1), “15” (2), “24” (2) y “XXI” (3); y el de las instituciones: “Consejería
de Sanidad” (4), “Ministerio de Sanidad” (12), “Agencia para la Tutela de
Adultos” (22) y “Administración de Justicia” (24). De los campos que sí tienen
relevancia en el texto, encontramos el de la educación: “familias” (8), “colegios”
(8), “disciplina” (11) y “centros educativos” (11); el de las profesiones: “jueces”
(titular), “diseñadores” (16), “publicistas” (16), “anunciantes” (16), “profesionales
sanitarios” (17), “sociosanitarios” (17) y “servicios médicos” (17); el de la
justicia, con términos como “juez” (19), “acción judicial” (19), “Agencia para
la Tutela de Adultos” (22) y “Administración de Justicia” (24); también es
significativo el de sanidad: “anorexia” (3), “enfermedad” (3), “epidemias” (3),
“Consejería de Sanidad” (4), “Insalud” (4), “salud” (9), “Ministerio de Sanidad”
(12), “profesionales sanitarios” (17), “sociosanitarios” (17) y “servicios
médicos” (17).
Por último, comentaremos que, de entre
todos estos campos semánticos, podemos extraer la isotopía léxica del léxico
uniendo los campos semánticos de la educación, el de la justicia y el de la
sanidad.
COHESIÓN GRAMATICAL
Como ya definimos “cohesión” en
el apartado anterior, pasamos directamente a analizar los mecanismos que
aportan cohesión gramatical al texto.
Empezaremos por las deixis, esos
elementos que señalan fuera del texto. En primer lugar, hablaremos de las
deixis de tiempo: “en los últimos años” (4-5) y “simultáneamente” (21), además
de los tiempos verbales que veremos en su momento.
En segundo lugar, y en cuanto a
deixis de lugar, no encontramos ningún ejemplo. Algo parecido, y en tercer
lugar, ocurre con las deixis personales, de las que únicamente aparecen dos
ejemplos, en este caso de emisor y receptor: “estamos” (23) y “hablamos” (24).
Respecto a las proformas
utilizadas por el autor del artículo, podemos afirmar que no encontramos
ninguna, al menos destacable, dado el nivel técnico del vocabulario utilizado.
Pasamos a continuación a analizar
los elementos fóricos, es decir, aquellos que señalan dentro del texto. En lo
relativo a las anáforas, encontramos un gran número de estas, como los
pronombres relativos “que” de las líneas 2 (“una enfermedad”), 3 (“una
enfermedad”), 5 (“la delgada línea roja”), 8 (“un problema”), 10 (“comportamientos
y actitudes”), 11 (“una disciplina”), 15 (“modelos de belleza”), 21 (“las
familias”) o 23 (“problemas sociales”), junto al “cuya” de la línea 20 (“muchachas”)
o al “cuyo” de la 22 (“de las familias”, 21); también los pronombres personales
“se” (9: “comportarse”, que se refiere a “un problema”, 8) o “reducirlo”
(13: “el problema”); así como el sintagma “lo mismo” (15-16) referido a toda la
oración anterior.
En cuanto a las catáforas,
debemos afirmar lo contrario: son escasas en el texto, por lo que únicamente
podemos destacar el pronombre personal “se” de la línea 5, referente a “los
ingresos por anorexia” (5).
Seguidamente, comentaremos las elipsis,
que tampoco predominan en el texto. La mayoría de ellas son de sujeto: “(las
televisiones) no den cabida…” (14), “(Nosotros) estamos ante…” (23) o “(Nosotros)
no hablamos…” (24); aunque también las hay de conector y verbo: “sino (que
hablamos) de una autodestrucción…” (25).
En cuanto al eje temporal del
texto, diremos que predominan los presentes, sobre todo de Indicativo (“da”, 1;
“provoca”, 2; “amenaza”, 3; “señalan”, 4; “separa”, 5; “obliga”, 6; “tienen”,
7; etc.), aunque también los hay de Subjuntivo (“sean”, 1); igualmente
encontramos pretérito perfecto compuesto, propio del pasado reciente: “se han estabilizado”
(5) o “se ha denunciado” (21); y también el futuro imperfecto de Indicativo,
propio de la posterioridad: “acabarán” (10). De ello, podemos deducir que
predomina la simultaneidad puesto que trata de hechos presentes y con un grado
elevado de seguridad y certeza.
Para terminar, encontramos
conectores que estructuran el texto: ordenadores (“El primero”, 8; “El segundo”,
12; “por último”, 16), conclusivos (“finalmente”, 19) y continuativos (“simultáneamente”,
21). También son importantes los conectores que estructuran las ideas: de
contraste (“sino”, 25); y, menos significativamente, los conectores de
valoración que muestran la actitud del emisor: “especialmente” (9).
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